Becas Comunidad de Madrid Guarderías Privadas. Desde Solecitos queremos facilitaros la información sobre las ayudas económicas para la escolarización de niños de entre 0-3 años en escuelas infantiles privadas.
Becas Comunidad de Madrid Guarderías Privadas
Las ayudas y becas de la Comunidad de Madrid para facilitar la escolarización de los más pequeños en centros privados ya se pueden solicitar. Estas ayudas permiten a las familias poder aliviar la carga económica que supone la educación de sus hijos.
Plazo de presentación: 18 de marzo a 13 de abril de 2015, ambos días incluidos.
Cuantía de la ayuda: Oscilarán entre los 100 y 160 euros mensuales en función de la renta de las familias.
Las ayudas de la convocatoria, se destinarán a las familias cuyos hijos hayan nacido antes del 1 de junio de 2015 y vayan a matricularse en cualquiera de los cursos del primer ciclo de educación infantil el próximo curso escolar 2015/2016 en centros privados autorizados por la Comunidad.
La situación laboral de los padres y tutores se valorará con 7 puntos cuando ambos padres trabajen a jornada completa, cuando exista un solo progenitor que trabaje a jornada completa o cuando uno de los padres o tutores trabaje a jornada completa y el otro tenga impedimento para atender a su hijo. Las mismas situaciones anteriores se valorarán con 5 puntos si se trabaja a tiempo parcial. También se puntuará a las familias numerosas y a los padres o hijos con discapacidad y las situaciones socio familiares justificadas por los Servicios Sociales
Los solicitantes no tendrán que aportar el DNI/NIE, el libro de familia, el título de familia numerosa o el certificado de discapacidad expedido en otra Comunidad autónoma con la solicitud de ayuda si esta documentación ya se hubiera aportado en anteriores convocatorias, a partir del curso 2008/09, siempre que en aquel momento se considerase válido y no haya variado la situación del solicitante.
Presentación de solicitud telemática
La presentación por Internet de la solicitud es la forma más recomendable por las ventajas que supone:
- Puede presentarse cómodamente desde casa o desde el trabajo sin tener que desplazarse a los centros u otros lugares indicados para su presentación.
- Puede presentarse en cualquier momento sin tener que ajustarse a los días o a los horarios de atención al público establecidos.
- La solicitud queda grabada automáticamente en la base de datos desde el mismo momento del envío por el interesado, quedando únicamente pendiente de revisión.
- No existe posibilidad de pérdida de la solicitud o de la documentación presentada, si se ha hecho correctamente.
- Se obtiene resguardo de su presentación de igual valor que si se presentara físicamente.
Para poder acceder a la solicitud telemática se requiere tener instalado en el ordenador cualquier certificado electrónico reconocido por la Comunidad de Madrid. El plazo para la solicitud telemática también será el mismo que el expuesto anteriormente.
La dirección de presentación telemática es: https://gestiona.madrid.org/guay_telinfantil
Es importante la autorización de las consultas con diferentes organismos públicos para la obtención de diferentes datos.
Los documentos a los que se puede autorizar la consulta, mediante el marcado de las casillas correspondientes en la solicitud, son los siguientes:
- DNI o NIE.
- Título de Familia Numerosa, si está expedido en la Comunidad de Madrid.
- Certificado de discapacidad, si está expedido por la Comunidad de Madrid.
- Informe de Vida Laboral si está dado de alta en cualquiera de los Regímenes de la Seguridad Social, incluidos los del Régimen Especial de Autónomos.
- Información de renta del ejercicio 2013.
- Información del empadronamiento: solamente es necesario en caso de familias monoparentales, para acreditar la no convivencia. Se debe tener en cuenta que si se marca dicha autorización el progenitor que no viva con el niño, pero que sí figure en el libro de familia, debe firmar un escrito expresando su consentimiento para la realización de la consulta del padrón.
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